miércoles, 29 de agosto de 2012

¿QUIÉN CALIFICA EL ORIGEN DEL ACCIDENTE DE TRABAJO O LA ENFERMEDAD PROFESIONAL?

En primer instancia la califica la Institución prestadora de servicios de salud que atiende al afiliado, en segunda instancia el médico o la comisión laboral de la Entidad Administradora de Riesgos Profesionales.

Si existe desacuerdo entre estas lo resolverá una junta integrada por representantes de las entidades administradoras de salud y de riesgos profesionales.

En caso de inconformidad pasa a las Juntas de Calificación de invalidez.

No hay comentarios:

Publicar un comentario